¿Qué es el derecho de conversión?

¿qué es el derecho a la conversión?

“El gran problema con los seguros es que nadie sabe y todo mundo inventa” ¿Qué es el derecho a la conversión?

Juan Antonio entró en mi despacho con una amable sonrisa en el rostro. Pidió hablar conmigo y me dio un cálido apretón de manos antes de tomar asiento.

Y comenzó a narrarme su historia.

“Te cuento, Edgard. Acabo de entrar a trabajar a F….

Yo estaba trabajando en N…. Un día me contacto un head hunter para decirme que tenía una posición para una persona con un perfil como el mío.

Estaba muy dudoso en aceptarla porque verás: Mi hijo José Andrés tiene 3 años. El nació con una enfermedad congénita. En N… tenía una cobertura de seguro de gastos médicos empresarial que me cubrió todos los gastos del parto y me ha venido pagando la atención de José Andrés desde que nació. Es bastante dinero cada mes entre consultas, terapias y estudios.

Así que no sabía si aceptar la oferta que me estaban haciendo.

Un amigo que trabaja en una aseguradora, y que es un experto en el tema, me dijo que platicará con el representante del bróker que lleva la cuenta en N… para ver que opciones tenía.”

Cuando oí lo último un sudor frio me empezó a recorrer la espalda.

“Fui a al representante del bróker sugirió mi amigo que se las sabe de todas en seguros y este me dijo que no había ningún problema. Que con gusto me tramitaba mi carta de reconocimiento de antigüedad para que la presentara con el bróker que lleva la cuenta del seguro empresarial en mi nuevo empleo y que así no tendría ningún problema.

Así que acepte el trabajo y aquí estoy. Vengo a traerte mi carta de reconocimiento de antigüedad para que puede seguir metiendo los gastos de la enfermedad de mi hijo.”

Me dio mucha pena tener que desengañar a Juan Antonio por partida doble.

Primero que, aunque había tomada todas las precauciones razonables, había sido afectado por la falta de conocimiento de personas a las que consideraba conocedoras del tema.

Y segundo: al abandonar su empleo anterior se quedó prácticamente sin posibilidad de tener un seguro de gastos médicos para cubrir la condición de su hijo y tendrá que pagarla mientras el niño viva.

Al principio Luis Antonio enfureció, me insulto y salió echo un torbellino de mi oficina. Al día siguiente volvió seguro de que yo estaba equivocado. Me llevó un buen rato mostrarle documentos y explicarle lo que te voy a explicar a continuación.

¿Qué es el derecho de conversión?

Existe un concepto en los seguros de las personas, tanto en vida como en gastos médicos, que se llama derecho de conversión.

Este es un beneficio por el cual una persona que se separa de una colectividad, digamos un seguro empresarial como en este ejemplo, pero puede aplicar para cualquier seguro colectivo, puede solicitar y la aseguradora se comprometo a aceptar, un seguro individual.

(Ten presente que cuando uso el término individual me refiero al ramo de seguros individuales, para distinguirlo del ramo de los seguros colectivos. Puede sonarte raro, pero los seguros familiares están dentro de los seguros individuales).

Lo importante de un derecho de conversión es que:

1) Es un pase automático. La aseguradora acepta la nueva póliza sin revisar antecedentes médicos o condiciones de salud. Dicho lo más claro posible. Si una persona utiliza un derecho de conversión para pedir una póliza individual no importa que este en tratamiento de cáncer, haya tenido dos infartos y tenga sobrepeso. Su seguro de gastos médicos mayores o de vida va a ser aceptado por la aseguradora.
2) Los gastos para el tratamiento de enfermedades o accidentes que empezaron durante el tiempo en que esta persona estaba asegurada por la póliza colectiva se continuarán pagando en la póliza individual de seguro.

¿Cuál fue el origen de esta desastrosa confusión?

Después del disgusto y de mucho platicar ahora Juan Antonio y yo somos amigos y hemos platicado varias veces de su caso.

Una vez me dijo:

“Edgard, el gran problema con los seguros es que nadie sabe y todo mundo inventa”.

Aunque en realidad eso no es cierto, claro que hay gente que entiende cada detalle, la realidad es que un tema muy amplio y además se presta mucho a hablar de oídas.
En el caso de Juan Antonio, el representante del corredor al que recurrió tenía una confusión en los conceptos entre preexistencias, periodos de espera y reconocimiento de antigüedades. Había oído de los conceptos, pero no los entendía bien. Y eso le llevo a dar una asesoría desastrosa para el patrimonio de Juan Antonio.

Dicen que nadie experimenta en cabeza ajena. Pero hay experiencias muy malas a las que ojalá otras personas les puedan sacar provecho.

¡Nos vemos el próximo jueves 21 de mayo 11am!

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